30 días naturales como mínimo
Artículo 38.1 del Estatuto. El convenio puede mejorarlo o expresarlo en laborables. No se pueden sustituir por dinero, salvo al terminar el contrato.
Herramienta gratuita
Alta o baja a mitad de año: cuántos días de vacaciones corresponden por el tiempo trabajado, cuántos quedan y cuántos se liquidan en el finiquito. Gratis y sin registro.
Cómo se ha calculado
30 × días trabajados ÷ 365
Hoja generada con la calculadora gratuita de MiJornada. El redondeo y el número de días anuales son los del convenio colectivo aplicable.
Lo que dice la ley
Artículo 38.1 del Estatuto. El convenio puede mejorarlo o expresarlo en laborables. No se pueden sustituir por dinero, salvo al terminar el contrato.
Del 1 de enero al 31 de diciembre, en proporción al tiempo trabajado. Quien entra en abril devenga tres cuartas partes del año.
Un contrato a media jornada tiene los mismos días de vacaciones que uno completo; lo que cambia es el salario de esos días.
Los días devengados y no disfrutados a la fecha de baja se pagan. Los disfrutados de más pueden descontarse, según convenio.
Si coinciden con incapacidad temporal se disfrutan después: sin límite si es por embarazo, parto o lactancia; hasta 18 meses tras el fin del año en los demás casos.
El calendario de vacaciones se fija en cada empresa y cada persona conoce sus fechas al menos dos meses antes de empezarlas (artículo 38.3).
Ejemplos
Con 30 días naturales al año y un año de 365 días.
275 días trabajados hasta el 31 de diciembre → 30 × 275 ÷ 365 = 22,60 días, redondeados a 23.
181 días trabajados → 30 × 181 ÷ 365 = 14,88 días a pagar en el finiquito (15 si el convenio redondea al alza).
258 días trabajados → 21,21 devengados − 20 disfrutados = 1,21 días pendientes de liquidar.
Saldo por persona
En MiJornada cada persona tiene su fecha de alta, sus solicitudes y su saldo; el encargado aprueba viendo la cobertura del centro, y el calendario avisa antes de dejar un turno sin gente.
Preguntas frecuentes
Con una regla de tres sobre el año natural: días de vacaciones anuales × días trabajados en el año ÷ días del año (365 o 366). Con 30 días naturales al año, quien empieza el 1 de abril devengaría 30 × 275 ÷ 365 = 22,6 días hasta el 31 de diciembre. La calculadora usa los días de alta y de baja exactos; muchas empresas aproximan con 2,5 días por mes completo.
Un mínimo de 30 días naturales al año (artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores). El convenio o el contrato pueden mejorarlo, o expresarlo en días laborables (22 laborables equivalen aproximadamente a 30 naturales). Un contrato a tiempo parcial tiene los mismos días que uno a jornada completa.
Se pagan en el finiquito, porque es el único caso en que las vacaciones pueden sustituirse por dinero. Si la persona disfrutó más días de los devengados hasta la baja, la empresa puede descontar el exceso en la liquidación, según la jurisprudencia y lo que diga el convenio.
La ley no fija el redondeo; lo suele hacer el convenio. La práctica más habitual es redondear al alza al día completo, y es lo que la calculadora muestra junto al resultado exacto. Comprueba el convenio antes de liquidar.
No. Si las vacaciones coinciden con una incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia, se disfrutan después aunque haya terminado el año. Con otra incapacidad temporal, se pueden disfrutar hasta dieciocho meses después del final del año en que se devengaron (artículo 38.3).
No. Todo se calcula en tu navegador y desaparece al recargar. Para llevar el saldo de vacaciones de cada persona con su fecha de alta, las solicitudes y la cobertura del centro, está MiJornada.
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