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MiJornada

Herramienta gratuita

Calculadora de vacaciones proporcionales

Alta o baja a mitad de año: cuántos días de vacaciones corresponden por el tiempo trabajado, cuántos quedan y cuántos se liquidan en el finiquito. Gratis y sin registro.

Cálculo

Vacaciones devengadas en el año

Los datos se calculan en este dispositivo y no se envían ni se guardan.

Días del año trabajados 0 de 365 Indica la fecha de alta
Días devengados 0,00 Exactos; redondeados al alza: 0
Ya disfrutados 0 Descontados de los devengados
Pendientes 0,00 Por disfrutar antes de fin de año

Cómo se ha calculado

30 × días trabajados ÷ 365

Lo que dice la ley

Cinco reglas de las vacaciones

30 días naturales como mínimo

Artículo 38.1 del Estatuto. El convenio puede mejorarlo o expresarlo en laborables. No se pueden sustituir por dinero, salvo al terminar el contrato.

Se devengan por año natural

Del 1 de enero al 31 de diciembre, en proporción al tiempo trabajado. Quien entra en abril devenga tres cuartas partes del año.

Iguales a tiempo parcial

Un contrato a media jornada tiene los mismos días de vacaciones que uno completo; lo que cambia es el salario de esos días.

Se liquidan en el finiquito

Los días devengados y no disfrutados a la fecha de baja se pagan. Los disfrutados de más pueden descontarse, según convenio.

La baja médica no las quita

Si coinciden con incapacidad temporal se disfrutan después: sin límite si es por embarazo, parto o lactancia; hasta 18 meses tras el fin del año en los demás casos.

Se conocen con dos meses

El calendario de vacaciones se fija en cada empresa y cada persona conoce sus fechas al menos dos meses antes de empezarlas (artículo 38.3).

Ejemplos

Tres casos habituales

Con 30 días naturales al año y un año de 365 días.

Alta el 1 de abril, sigue en la empresa

275 días trabajados hasta el 31 de diciembre → 30 × 275 ÷ 365 = 22,60 días, redondeados a 23.

Baja el 30 de junio, sin vacaciones disfrutadas

181 días trabajados → 30 × 181 ÷ 365 = 14,88 días a pagar en el finiquito (15 si el convenio redondea al alza).

En plantilla desde antes de enero, baja el 15 de septiembre con 20 días ya disfrutados

258 días trabajados → 21,21 devengados − 20 disfrutados = 1,21 días pendientes de liquidar.

Saldo por persona

Las vacaciones se llevan solas con la fecha de alta

En MiJornada cada persona tiene su fecha de alta, sus solicitudes y su saldo; el encargado aprueba viendo la cobertura del centro, y el calendario avisa antes de dejar un turno sin gente.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan antes de empezar.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Con una regla de tres sobre el año natural: días de vacaciones anuales × días trabajados en el año ÷ días del año (365 o 366). Con 30 días naturales al año, quien empieza el 1 de abril devengaría 30 × 275 ÷ 365 = 22,6 días hasta el 31 de diciembre. La calculadora usa los días de alta y de baja exactos; muchas empresas aproximan con 2,5 días por mes completo.

¿Cuántos días de vacaciones fija la ley?

Un mínimo de 30 días naturales al año (artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores). El convenio o el contrato pueden mejorarlo, o expresarlo en días laborables (22 laborables equivalen aproximadamente a 30 naturales). Un contrato a tiempo parcial tiene los mismos días que uno a jornada completa.

¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato?

Se pagan en el finiquito, porque es el único caso en que las vacaciones pueden sustituirse por dinero. Si la persona disfrutó más días de los devengados hasta la baja, la empresa puede descontar el exceso en la liquidación, según la jurisprudencia y lo que diga el convenio.

¿Se redondea al alza?

La ley no fija el redondeo; lo suele hacer el convenio. La práctica más habitual es redondear al alza al día completo, y es lo que la calculadora muestra junto al resultado exacto. Comprueba el convenio antes de liquidar.

¿Una baja médica hace perder las vacaciones?

No. Si las vacaciones coinciden con una incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia, se disfrutan después aunque haya terminado el año. Con otra incapacidad temporal, se pueden disfrutar hasta dieciocho meses después del final del año en que se devengaron (artículo 38.3).

¿La calculadora guarda mis datos?

No. Todo se calcula en tu navegador y desaparece al recargar. Para llevar el saldo de vacaciones de cada persona con su fecha de alta, las solicitudes y la cobertura del centro, está MiJornada.

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