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MiJornada

Herramienta gratuita

Calculadora de horas extra con importe y tope anual

Compara las horas trabajadas con la jornada prevista de cada día, calcula lo que valen con el recargo de tu convenio o el descanso equivalente, y mira cuántas quedan de las 80 anuales. Gratis y sin registro.

Semana

Horas extra de la semana

Los datos se calculan en este dispositivo y no se envían ni se guardan.

Calcular el precio de la hora ordinaria desde el salario

Precio hora = salario bruto anual ÷ horas anuales de trabajo efectivo del convenio (1.760 es habitual; el tuyo está en el convenio).

Día Jornada prevista Horas trabajadas Diferencia
Lunes Lun 00:00
Martes Mar 00:00
Miércoles Mié 00:00
Jueves Jue 00:00
Viernes Vie 00:00
Sábado Sáb 00:00
Domingo Dom 00:00
Horas extra 00:00 Por encima de la jornada prevista
Horas de menos 00:00 Por debajo de la jornada prevista
Si se pagan 0,00 € Precio hora × (1 + recargo) × horas extra
Si se compensan 00:00 Descanso a disfrutar en los cuatro meses siguientes
Acumulado del año 0 de 80 horas
Tope legal de 80 horas extra al año (artículo 35.2), sin contar las compensadas con descanso.

Lo que dice la ley

Cinco reglas de las horas extra

80 al año

Es el máximo del artículo 35.2 del Estatuto. No cuentan las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor.

Nunca por debajo de la hora ordinaria

El convenio o el contrato fijan el precio o la compensación; el suelo es el valor de la hora ordinaria. Sin pacto, se compensan con descanso equivalente.

Voluntarias, salvo pacto

Solo son obligatorias si se pactaron en convenio o contrato, o si son de fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros.

Nocturnos, no

Los trabajadores nocturnos no pueden hacer horas extra en general (artículo 36.1), salvo las excepciones del Real Decreto 1561/1995.

A tiempo parcial son complementarias

Un contrato parcial no hace horas extra sino complementarias, pactadas por escrito y con sus propios topes. Guía en horas complementarias y horas extra.

Se demuestran con el registro

El registro diario de jornada y su resumen mensual son la prueba de cuántas se hicieron. Sin él, la Inspección presume que se hicieron y no se pagaron.

Fórmula

¿Cómo se calcula el importe de una hora extra?

Primero el precio de la hora ordinaria; después el recargo del convenio, si lo hay.

Precio hora ordinaria

Salario bruto anual ÷ horas anuales del convenio

Ejemplo: 22.000 € ÷ 1.760 h = 12,50 €

Importe de la hora extra

Precio hora × (1 + recargo)

Ejemplo con un 75 %: 12,50 × 1,75 = 21,88 €

Diario o por periodo

La calculadora compara cada día con su jornada prevista. Con distribución irregular, el convenio puede fijar el cómputo por semana, mes o año.

Horas de menos

Se muestran aparte y no se restan de las extra: cómo se recuperan lo dice el convenio o el pacto de bolsa de horas.

Cuatro meses para el descanso

Si se compensan con descanso, tiene que disfrutarse en los cuatro meses siguientes; si no, cuentan para las 80.

Nueve horas al día

La jornada ordinaria diaria no pasa de nueve horas salvo pacto colectivo, y siempre con doce horas de descanso entre jornadas (artículo 34.3).

Sin calcular nada a mano

Las horas extra salen solas del registro

MiJornada compara cada día las horas trabajadas con el horario de cada persona, distingue las extra en el informe mensual y las deja listas para la nómina y para la Inspección.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan antes de empezar.

¿Qué cuenta como hora extraordinaria?

Cada hora de trabajo que se hace por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria (artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores). En la práctica, con jornada diaria fija, las que superan la jornada prevista de ese día; con distribución irregular o bolsa de horas, las que superan la jornada en el periodo de referencia. La calculadora usa el criterio diario, que es el más habitual.

¿Cuánto se paga una hora extra?

Lo que fije el convenio colectivo o el contrato, y en ningún caso menos que la hora ordinaria (artículo 35.1). Muchos convenios aplican un recargo (del 25 % al 75 %); otros las compensan con descanso. Si no hay pacto, se entiende que se compensan con descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes.

¿Cuál es el máximo de horas extra al año?

Ochenta horas (artículo 35.2), sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor. Los trabajadores nocturnos, en general, no pueden hacer horas extra, y los contratos a tiempo parcial no hacen horas extra sino complementarias, con sus propias reglas.

¿Son obligatorias las horas extra?

No, salvo que se hayan pactado en convenio o en el contrato, o que sean de fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes). El registro de jornada es lo que demuestra cuántas se han hecho: sin él, la Inspección presume que las horas de más se hicieron y no se pagaron.

¿La calculadora guarda mis datos?

No. Todo se calcula en tu navegador y desaparece al recargar la página. Para un registro de jornada real, con horas extra calculadas cada día sobre el horario de cada persona, está MiJornada.

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