80 al año
Es el máximo del artículo 35.2 del Estatuto. No cuentan las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor.
Herramienta gratuita
Compara las horas trabajadas con la jornada prevista de cada día, calcula lo que valen con el recargo de tu convenio o el descanso equivalente, y mira cuántas quedan de las 80 anuales. Gratis y sin registro.
| Día | Jornada prevista | Horas trabajadas | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Lunes Lun | |||
| Martes Mar | |||
| Miércoles Mié | |||
| Jueves Jue | |||
| Viernes Vie | |||
| Sábado Sáb | |||
| Domingo Dom |
Hoja generada con la calculadora gratuita de MiJornada. El tratamiento de las horas extra (precio, recargo o compensación) es el que fije el convenio colectivo aplicable. Esta hoja no sustituye el registro diario de jornada.
Lo que dice la ley
Es el máximo del artículo 35.2 del Estatuto. No cuentan las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor.
El convenio o el contrato fijan el precio o la compensación; el suelo es el valor de la hora ordinaria. Sin pacto, se compensan con descanso equivalente.
Solo son obligatorias si se pactaron en convenio o contrato, o si son de fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros.
Los trabajadores nocturnos no pueden hacer horas extra en general (artículo 36.1), salvo las excepciones del Real Decreto 1561/1995.
Un contrato parcial no hace horas extra sino complementarias, pactadas por escrito y con sus propios topes. Guía en horas complementarias y horas extra.
El registro diario de jornada y su resumen mensual son la prueba de cuántas se hicieron. Sin él, la Inspección presume que se hicieron y no se pagaron.
Fórmula
Primero el precio de la hora ordinaria; después el recargo del convenio, si lo hay.
Precio hora ordinaria
Salario bruto anual ÷ horas anuales del convenio
Ejemplo: 22.000 € ÷ 1.760 h = 12,50 €
Importe de la hora extra
Precio hora × (1 + recargo)
Ejemplo con un 75 %: 12,50 × 1,75 = 21,88 €
La calculadora compara cada día con su jornada prevista. Con distribución irregular, el convenio puede fijar el cómputo por semana, mes o año.
Se muestran aparte y no se restan de las extra: cómo se recuperan lo dice el convenio o el pacto de bolsa de horas.
Si se compensan con descanso, tiene que disfrutarse en los cuatro meses siguientes; si no, cuentan para las 80.
La jornada ordinaria diaria no pasa de nueve horas salvo pacto colectivo, y siempre con doce horas de descanso entre jornadas (artículo 34.3).
Sin calcular nada a mano
MiJornada compara cada día las horas trabajadas con el horario de cada persona, distingue las extra en el informe mensual y las deja listas para la nómina y para la Inspección.
Preguntas frecuentes
Cada hora de trabajo que se hace por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria (artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores). En la práctica, con jornada diaria fija, las que superan la jornada prevista de ese día; con distribución irregular o bolsa de horas, las que superan la jornada en el periodo de referencia. La calculadora usa el criterio diario, que es el más habitual.
Lo que fije el convenio colectivo o el contrato, y en ningún caso menos que la hora ordinaria (artículo 35.1). Muchos convenios aplican un recargo (del 25 % al 75 %); otros las compensan con descanso. Si no hay pacto, se entiende que se compensan con descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes.
Ochenta horas (artículo 35.2), sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor. Los trabajadores nocturnos, en general, no pueden hacer horas extra, y los contratos a tiempo parcial no hacen horas extra sino complementarias, con sus propias reglas.
No, salvo que se hayan pactado en convenio o en el contrato, o que sean de fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes). El registro de jornada es lo que demuestra cuántas se han hecho: sin él, la Inspección presume que las horas de más se hicieron y no se pagaron.
No. Todo se calcula en tu navegador y desaparece al recargar la página. Para un registro de jornada real, con horas extra calculadas cada día sobre el horario de cada persona, está MiJornada.
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