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Equipo MiJornada 7 min de lectura

Registro horario y convenio colectivo: qué puede fijar el convenio y dónde consultar el tuyo

El Estatuto marca los mínimos del registro de jornada; el convenio colectivo de tu sector y provincia decide la jornada anual, las pausas que cuentan, los turnos partidos, la distribución irregular y a veces el propio sistema de fichaje. Lo que fijan hostelería, construcción, comercio y oficinas, y cómo saber cuál te aplica.

  • Convenio colectivo
  • Jornada
  • Cumplimiento

El Estatuto de los Trabajadores dice que hay que registrar la jornada. El convenio colectivo dice cómo es tu jornada: cuántas horas al año, si la pausa del bocadillo cuenta, cuántas horas puede haber entre los dos bloques de un turno partido, si se puede distribuir de forma irregular y con qué preaviso. Sin el convenio delante, el registro puede ser perfecto y la jornada, ilegal.

Este artículo explica qué cosas del registro y de la jornada las decide el convenio, qué fijan los convenios de los cuatro sectores que más nos escriben (hostelería, construcción, comercio y oficinas) y cómo encontrar el que te aplica.

Lo que la ley deja al convenio

El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, tras obligar al registro diario, dice que mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores, se organizará y documentará este registro de jornada. Es decir: la ley pone la obligación y deja la forma a la negociación.

A partir de ahí, un convenio puede regular, y muchos regulan:

  • El sistema de registro: fichaje digital, hoja de firmas, tolerancias de minutos, quién custodia los datos, qué información se da a los representantes.
  • La jornada anual en horas de trabajo efectivo, que es la base de todo cálculo de horas extra. El Estatuto solo pone el tope de 40 horas semanales de promedio; el número exacto (1.736, 1.780, 1.800…) lo pone el convenio.
  • Qué pausas cuentan como trabajo. El Estatuto exige 15 minutos en jornadas continuadas de más de seis horas y no dice si son trabajo efectivo. El convenio sí lo dice, y cambia el resumen mensual de cada persona.
  • La distribución irregular. El Estatuto permite distribuir de forma irregular el 10 % de la jornada anual si no hay pacto; el convenio puede ampliarlo, fijar el preaviso (mínimo cinco días) y cómo se compensan las diferencias.
  • Los turnos partidos: número máximo de horas de pausa entre bloques, cuántos días de partido a la semana, compensación.
  • Descansos superiores a los del Estatuto: entre jornadas, semanal, fines de semana libres al mes.
  • Bolsas de horas y su liquidación.
  • Régimen disciplinario por no fichar: qué es falta leve, grave o muy grave.

Todo eso es exigible como si fuera ley, y la Inspección lo comprueba con el mismo registro. Por eso conviene configurar el horario de cada persona con el convenio delante, y no con la costumbre del local.

Hostelería

La hostelería tiene un acuerdo estatal, el VI Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería (ALEH VI), publicado en el BOE en enero de 2023, que fija el marco común: clasificación profesional, formación, régimen disciplinario. Entre las novedades de ese acuerdo está precisamente el fichaje: el incumplimiento reiterado en el uso del sistema de registro de jornada aparece en el régimen disciplinario, con una gradación que va de falta leve a grave o muy grave según se repita. Es decir, no fichar ya no es solo un problema de la empresa con la Inspección; es también un incumplimiento del trabajador que el convenio tipifica.

La jornada anual, los turnos partidos, las pausas y los descansos los fija cada convenio provincial o autonómico de hostelería, y varían: el número de horas entre los dos bloques del partido, si la pausa de comida cuenta, cuántos días de partido caben a la semana, y cómo se compensan las horas de los fines de semana. Lo desarrollamos en control horario en hostelería: el registro debe tener los cuatro fichajes del partido para que la jornada esperada y la real cuadren con lo que dice el convenio de tu provincia.

Construcción

La construcción tiene un convenio general estatal, el VII Convenio General del Sector de la Construcción, publicado en el BOE en septiembre de 2023 y vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, que fija una jornada máxima anual de 1.736 horas de trabajo efectivo. Cada provincia publica su calendario laboral anual que distribuye esas horas por días, con los festivos locales, los puentes y la jornada intensiva de verano donde la haya.

Ese calendario provincial es el que hay que trasladar al horario de cada persona: días de trabajo, horas por día y las semanas de jornada de verano. Y el registro tiene que hacerse en cada obra, aunque el equipo cambie de solar cada semana; lo explicamos en control horario en construcción. En obra también rigen las obligaciones de coordinación entre contratista y subcontratas, y el registro de cada trabajador presente es lo primero que pide una visita.

Comercio

En comercio no hay un convenio estatal único: la mayoría de convenios son provinciales y por subsector (comercio en general, textil, alimentación, metal…). Lo que suelen fijar, y lo que hay que mirar antes de configurar los horarios de una tienda:

  • La jornada anual, normalmente en torno a las 1.780 o 1.800 horas de trabajo efectivo, y su distribución en cómputo anual o semanal.
  • El turno partido: horas mínimas y máximas de pausa entre bloques y compensación de los partidos.
  • Los sábados, domingos y festivos de apertura: cuántos se pueden trabajar y cómo se compensan en descanso o en dinero.
  • Los fines de semana libres al mes o al trimestre.
  • Las campañas (Navidad, rebajas) y su distribución irregular con preaviso.

Un horario de tienda mal configurado (partido de mañana y tarde sin la pausa, sábados sin compensar) produce un registro perfecto de una jornada que incumple el convenio. Los horarios con dos bloques, la semana A/B y las excepciones por día existen en MiJornada precisamente para que el registro cuadre con el convenio, como contamos en control horario para comercio.

Oficinas y despachos

Los convenios de oficinas y despachos también son provinciales. Lo característico: jornada intensiva de verano (una parte del año con horario continuado de mañana), horario flexible de entrada y salida con franjas, y en muchos casos una jornada anual algo más baja que en otros sectores. El registro tiene que reflejar la jornada intensiva cuando empieza y cuando acaba, sin tocar el horario de cada persona a mano: un horario con vigencia entre dos fechas que sustituye al habitual resuelve las semanas de verano, y el teletrabajo se registra igual que la oficina, como explicamos en control horario en teletrabajo.

Cómo saber qué convenio te aplica

Depende de dos cosas: tu actividad (lo que hace la empresa, no el puesto de cada persona) y tu territorio (provincia o comunidad autónoma, salvo que haya convenio estatal o de empresa).

  1. Mira la nómina o el contrato: llevan el código del convenio (catorce dígitos) y muchas veces su nombre.
  2. Con el código, o buscando por sector y provincia, consulta el texto vigente en REGCON, el Registro y Depósito de Convenios Colectivos del Ministerio de Trabajo, que publica todos los convenios registrados.
  3. El texto también está en el BOE (convenios estatales) o en el boletín oficial de la provincia o de la comunidad (convenios provinciales y autonómicos), donde se publican las revisiones salariales y los calendarios laborales anuales.
  4. Si tienes dudas entre dos convenios, tu asesoría o tu graduado social lo resuelven en un minuto; y si hay representantes de los trabajadores, ellos lo conocen mejor que nadie.

Guarda la referencia: los convenios se renuevan y cambian la jornada anual y las tablas cada año o cada dos.

Cómo trasladar el convenio al registro

Con el convenio delante, la configuración del registro son cuatro decisiones:

  1. La jornada anual y los días de trabajo de cada horario: días de la semana y horas por día, de forma que sumen lo que dice el convenio y el calendario laboral.
  2. Las pausas: si cuentan como trabajo, se configuran así y nadie tiene que fichar dos veces; si no, se fichan.
  3. Los bloques y las excepciones: turno partido con sus dos bloques, jornada intensiva o de verano con vigencia entre dos fechas, semana A/B si hay rotación, y los sábados o festivos trabajados como excepciones por día que se compensan después.
  4. El sistema de registro, documentado por escrito o pactado con los representantes: cómo se ficha, dónde se guardan los datos, cómo se corrige un error y cómo se entrega el resumen mensual.

Con eso, el informe mensual enseña jornada esperada y real por día, y las desviaciones se leen con el convenio en la mano, que es como las lee el inspector.

Nota legal: divulgación general. Cada convenio es distinto y se renueva: comprueba el texto vigente del tuyo en REGCON o en el boletín oficial correspondiente, y confirma su aplicación con tu asesoría o tu graduado social.

Preguntas frecuentes

¿Qué puede fijar el convenio colectivo sobre el registro de jornada?

El artículo 34.9 del Estatuto dice que el registro se organiza y documenta por negociación colectiva o acuerdo de empresa. El convenio puede fijar el sistema de registro, qué pausas cuentan como trabajo, la jornada anual y su distribución irregular, los límites de los turnos partidos, descansos superiores a los del Estatuto, la bolsa de horas y el régimen disciplinario por no fichar. Lo que fija es exigible como la ley.

¿Cómo sé qué convenio colectivo me aplica?

Depende de tu actividad y de tu territorio. El código del convenio aparece en las nóminas y en el contrato; con él, o buscando por sector y provincia, se consulta el texto vigente en REGCON, el registro de convenios del Ministerio de Trabajo, o en el BOE y el boletín provincial donde se publicó. Si tienes dudas, tu asesoría te lo dice en un minuto.

¿Cuál es la jornada anual en construcción?

El VII Convenio General del Sector de la Construcción fija un máximo de 1.736 horas de trabajo efectivo al año, y los convenios provinciales publican cada año el calendario laboral que las distribuye. El registro de jornada es obligatorio en obra como en cualquier otro sector.

¿El convenio de hostelería regula el fichaje?

El VI Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería (ALEH VI) incluye en su régimen disciplinario el incumplimiento reiterado del uso del sistema de registro de jornada, que escala de falta leve a grave o muy grave según la reiteración. La jornada anual, los turnos partidos y las pausas los fija cada convenio provincial o autonómico de hostelería.


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